La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) ha implementado cambios significativos en el régimen de garantías aduaneras, con el objetivo de facilitar las operaciones de importación y exportación para los operadores del sector. Esta modificación fue formalizada mediante la Resolución General 5864/2026, publicada en el Boletín Oficial el 16 de junio de 2026.
Detalles de la Nueva Normativa
La nueva normativa se basa en el Decreto 838/2025, que permite la presentación de documentos firmados por los interesados como garantía para las destinaciones aduaneras, tanto definitivas como suspensivas. Este cambio busca ofrecer a los operadores de comercio exterior una alternativa más accesible, sin comprometer la solvencia del sistema ni el control aduanero.
Actualización del Esquema de Garantías
Con la implementación de la Resolución General N° 3.885, se han actualizado los tipos de garantías aceptables para cada modalidad de operación. Las opciones de garantía ahora incluyen:
- Efectivo y depósitos a plazo fijo en el Banco Nación.
- Seguros de caución y avales bancarios.
- Títulos públicos y cauciones de acciones.
- Declaraciones juradas o documentos suscritos por el interesado o terceros.
Declaración Jurada Sistémica
La normativa también introduce la declaración jurada sistémica, que será válida para diversas situaciones operativas, incluyendo:
- Exportaciones e importaciones temporales.
- Mercadería sujeta a análisis o investigación de valor.
- Envíos en consignación.
- Tránsitos terrestres y sustitución de importaciones y exportaciones.
Vigencia y Cronograma de Implementación
Las modificaciones entraron en vigencia el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial. Sin embargo, la aplicación efectiva de estos cambios se llevará a cabo de manera gradual. ARCA comunicará el cronograma de implementación a través de su sitio web oficial, lo que permitirá a los operadores del sector adaptarse a las nuevas disposiciones de manera ordenada.