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Actualizado 26/05 11:05
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Presentación del Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones en Nuevas Industrias (Súper RIGI)

El Poder Ejecutivo de Argentina ha enviado al Congreso un proyecto de ley denominado “Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones en Nuevas Industrias”,.

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Presentación del Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones en Nuevas Industrias (Súper RIGI)

El Poder Ejecutivo de Argentina ha enviado al Congreso un proyecto de ley denominado “Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones en Nuevas Industrias”, conocido como “Súper RIGI”. Este régimen tiene como objetivo atraer inversiones significativas, con un mínimo de US$ 1.000 millones, en sectores que actualmente no operan en el país. Si el parlamento aprueba esta iniciativa, el esquema estará vigente por un período de cinco años.

Objetivos y Sectores de Inversión

El principal propósito del Súper RIGI es captar proyectos vinculados a industrias emergentes y tecnológicas, tales como inteligencia artificial, semiconductores, biotecnología avanzada e infraestructura digital. El texto de la ley especifica que el régimen está destinado exclusivamente a proyectos que no se desarrollen, produzcan ni presten en Argentina, o que se encuentren en una fase experimental o piloto. Esto implica que las ampliaciones, modernizaciones o reconversiones de instalaciones existentes quedan excluidas del régimen.

Requisitos para la Adhesión

Para acceder a los beneficios del Súper RIGI, las inversiones deberán canalizarse a través de “Vehículos de Proyecto Único” (VPU), que son sociedades creadas específicamente para cada emprendimiento. El proyecto establece un piso mínimo de inversión de US$ 1.000 millones por iniciativa, y se exige que al menos el 20% de este monto se ejecute durante los primeros dos años desde la adhesión al régimen.

Beneficios Fiscales y Aduaneros

Entre los principales beneficios que ofrece el proyecto, se incluye una alícuota reducida del 15% en el Impuesto a las Ganancias para los proyectos que se adhieran al régimen. Además, se contempla un régimen de amortización acelerada y la posibilidad de deducir quebrantos sin límite temporal. También se prevé una reducción en la carga sobre dividendos y utilidades, que se disminuiría al 3,5% después de cuatro años desde la adhesión.

El régimen también incorpora beneficios aduaneros y cambiarios. Se exime de derechos de importación y exportación a los bienes vinculados con el proyecto y a los productos exportados bajo este régimen. Asimismo, se habilita un esquema progresivo de libre disponibilidad de divisas provenientes de exportaciones: 20% al primer año desde la primera exportación, 40% al segundo y 100% al tercero.

Estabilidad Jurídica y Arbitraje

En términos de estabilidad jurídica, el proyecto garantiza un plazo de 30 años de estabilidad normativa en cuestiones tributarias, aduaneras, cambiarias y de seguridad social. También se establece que las controversias entre el Estado y los inversores podrán someterse a arbitraje internacional, lo que proporciona un marco adicional de seguridad para los inversores.

Adhesión de Provincias y Municipios

Es importante destacar que las provincias y municipios deberán adherir expresamente al régimen para que los proyectos localizados en sus territorios puedan acceder a los beneficios nacionales. Cualquier norma local que limite o altere los incentivos previstos en el régimen podrá ser considerada “nula de nulidad absoluta e insanable”.

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