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Actualizado 30/04 23:39
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Homologación del Acuerdo Salarial UECA en Córdoba: CCT N° 735/15

30/04/2026 22:20 2 min
Homologación del Acuerdo Salarial UECA en Córdoba: CCT N° 735/15

La Nota Circular CI-034-26 establece la homologación del Acuerdo Salarial del Unión de Empleados de la Construcción y Afines (UECA) en la provincia de Córdoba, correspondiente al Convenio Colectivo de Trabajo (CCT) N° 735/15. Este acuerdo es de vital importancia para los trabajadores del sector de la construcción, ya que regula las condiciones laborales y salariales que deben ser respetadas por los empleadores.

Detalles del Acuerdo Salarial

El Acuerdo Salarial homologado incluye ajustes en los salarios básicos, así como mejoras en los beneficios adicionales que los trabajadores recibirán. Es fundamental que tanto empleadores como empleados estén al tanto de las nuevas disposiciones, ya que estas impactan directamente en la remuneración y en las condiciones de trabajo.

Implicancias para los Empleadores

Los empleadores deben asegurarse de cumplir con las nuevas escalas salariales establecidas en el acuerdo. Esto implica realizar los ajustes necesarios en la nómina de pagos y garantizar que todos los trabajadores reciban lo estipulado. Además, es importante que se mantenga un registro adecuado de los pagos y beneficios otorgados, ya que esto puede ser objeto de auditorías por parte de las autoridades laborales.

Requisitos para la Implementación

Para la correcta implementación del Acuerdo Salarial, los empleadores deben:

  • Actualizar los contratos laborales de acuerdo con las nuevas disposiciones.
  • Informar a los trabajadores sobre los cambios en sus salarios y beneficios.
  • Realizar capacitaciones si es necesario para asegurar el cumplimiento de las nuevas normativas.

Fechas Clave

Es crucial que los empleadores tomen en cuenta las fechas establecidas para la implementación de este acuerdo. La homologación se encuentra vigente desde la fecha de publicación de la Nota Circular, y los ajustes salariales deben ser aplicados a partir del próximo período de pago. Se recomienda a los empleadores revisar la normativa vigente y estar atentos a cualquier actualización que pueda surgir en relación con este acuerdo.

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