El 27 de abril de 2026, se publicó en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires la Resolución General Conjunta 5840/2026, que establece un nuevo marco normativo para las asociaciones civiles inscriptas y sujetas al control de la Dirección Provincial de Personas Jurídicas (DPPJ). Esta normativa, que se enmarca dentro de las disposiciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, introduce cambios significativos en la forma en que estas entidades deben presentar sus estados contables.
Requisitos para la Presentación de Estados de Recursos y Gastos
Las asociaciones civiles que se encuentren incluidas en la categoría 1 del artículo 291 de la Disposición N° 45 del 11 de septiembre de 2015, podrán confeccionar un Estado de Recursos y Gastos siguiendo el modelo aprobado en el Anexo de la resolución. Este documento debe reflejar fielmente los registros contables de la entidad y ser presentado ante la DPPJ dentro de los 120 días corridos posteriores al cierre del ejercicio fiscal.
Exclusiones y Condiciones
Es importante destacar que aquellas asociaciones civiles que no cuenten con un órgano de fiscalización quedan excluidas de este régimen. Además, el Estado de Recursos y Gastos debe ser firmado por el representante legal de la entidad y presentado ante la DPPJ, donde se someterá a consideración de la Asamblea General Ordinaria.
Obligaciones de la DPPJ y la ARCA
La DPPJ tiene la responsabilidad de confeccionar el formulario de declaración jurada N° 1266, que detalla las entidades que optaron por adherirse al régimen de simplificación contable. Este formulario debe ser transferido electrónicamente a la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) dentro de los 15 días hábiles administrativos siguientes a la aprobación de los Estados de Recursos y Gastos.
Caracterización en el Sistema Registral
Las asociaciones civiles que cumplan con los requisitos establecidos serán caracterizadas en el Sistema Registral de la ARCA con el código “(584) - Asociaciones Civiles - BUENOS AIRES”. Esta caracterización podrá ser consultada por los interesados a través del servicio web de la ARCA.
Plazos y Normativas Relacionadas
El Estado de Recursos y Gastos debe ser presentado a la ARCA mediante el servicio con Clave Fiscal denominado “Presentación Única de Balances - (PUB)”. Este estado contable tiene carácter oficial y su presentación es obligatoria conforme a lo estipulado en la Resolución General N° 4.626 de la AFIP y sus modificatorias. La nueva normativa entró en vigencia el mismo día de su publicación y se aplicará a los ejercicios económicos iniciados a partir del 1° de enero de 2025.
Las entidades que adeuden la presentación de Estados Contables de períodos anteriores podrán regularizar su situación presentando la información requerida en el Anexo de la resolución.