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Ganancias Simplificada: ARCA Optimiza el Software y Detalla Claves del Régimen

08/04/2026 21:10 2 min
Ganancias Simplificada: ARCA Optimiza el Software y Detalla Claves del Régimen

El régimen de declaración jurada simplificada del impuesto a las ganancias, conocido como Ganancias Simplificada, se presenta como una opción atractiva para las personas humanas y sucesiones indivisas que cumplan con ciertos requisitos establecidos por la normativa vigente. Este régimen permite una presentación más ágil y menos onerosa, facilitando el cumplimiento de las obligaciones fiscales.

Características del Régimen

La declaración jurada simplificada es una modalidad que permite a los contribuyentes presentar su declaración de manera más sencilla, utilizando un software desarrollado por ARCA. Este software, que se lanzará antes del 30 de abril de 2026, permite a los usuarios acceder a una declaración jurada precargada, basada en la información que ARCA tiene en sus sistemas y la que los contribuyentes o terceros proporcionan. Los contribuyentes tienen la posibilidad de modificar, confirmar y presentar esta declaración.

Efectos de la Opción por el Régimen

Al optar por la declaración jurada simplificada y cumplir con los plazos de pago, se generan dos efectos significativos: primero, se produce un efecto liberatorio del pago respecto al período fiscal correspondiente; segundo, se presume la exactitud de las declaraciones juradas de IVA y ganancias de los períodos fiscales no prescriptos. Sin embargo, es importante destacar que estos efectos se mantienen siempre que ARCA no detecte omisiones o irregularidades en la última declaración presentada.

Requisitos para la Adhesión

Para poder adherir al régimen, los contribuyentes deben cumplir con los siguientes requisitos:

  • Ingresos Totales: No superar los $1.000.000.000 en ingresos totales, considerando todas las ganancias, beneficios y entradas de fondos propios, excluyendo reembolsos de capital.
  • Patrimonio Total: No exceder los $10.000.000.000 en patrimonio, evaluado conforme a la legislación vigente.
  • No ser Grandes Contribuyentes: No estar clasificado como
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