ARCA ha confirmado una prórroga para los contribuyentes del Impuesto a las Ganancias, otorgando un plazo adicional para la presentación de la declaración jurada del período fiscal 2025 y reprogramando el pago del primer anticipo para el período 2026.
Según la Resolución General 5876/2026, las fechas límites son las siguientes:
- Pago del saldo resultante: hasta el 27 de julio de 2026.
- Presentación de la Declaración Jurada: hasta el 27 de agosto de 2026.
Para el Impuesto sobre los Bienes Personales del período 2025, el vencimiento unificado para presentación y pago sigue siendo el 27 de julio de 2026.
El primer anticipo del período fiscal 2026 se organizará según la terminación de la CUIT:
- CUIT terminados en 0, 1, 2 y 3: 14 de septiembre de 2026.
- CUIT terminados en 4, 5 y 6: 15 de septiembre de 2026.
- CUIT terminados en 7, 8 y 9: 16 de septiembre de 2026.
Estos cambios proporcionan a los contadores y contribuyentes un margen adicional para preparar sus liquidaciones de manera ordenada.