La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) ha oficializado la actualización semestral del Monotributo, que entrará en vigencia el 1 de agosto de 2026. Esta modificación se realiza conforme al mecanismo de actualización establecido por la ley, que ajusta los parámetros del régimen simplificado según la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) del último semestre.
Con la nueva tabla, se incrementan los límites de ingresos brutos permitidos para cada categoría, así como los importes que deberán abonar mensualmente los monotributistas. Por ejemplo, la categoría A tendrá un límite anual de ingresos brutos de $12.009.410,45, mientras que la categoría K permitirá facturar hasta $126.610.838,75 al año.
Además, se han modificado los parámetros relacionados con la superficie afectada a la actividad, el consumo de energía eléctrica, los alquileres devengados y el precio máximo unitario para la venta de bienes.
Las cuotas mensuales también se incrementan desde agosto. Los nuevos valores son: Categoría A: $49.527,18; Categoría B: $56.379,08; Categoría C: $66.020,12 para servicios y $64.530,58 para venta de bienes; Categoría D: $84.612,93 para servicios y $82.564,81 para venta de bienes; Categoría E: $119.811,45 para servicios y $108.267,51 para venta de bienes. En la categoría K, la cuota alcanzará $1.614.446,04 para prestadores de servicios y $702.103,24 para quienes se dedican a la venta de bienes muebles.