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Actualizado 12/06 23:22
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Reforma de la Ley de Inocencia Fiscal: Nuevas Propuestas del Gobierno Nacional

El Gobierno nacional ha presentado un nuevo proyecto de reforma a la Ley de Inocencia Fiscal (27.799) ante el Congreso, con el objetivo de modificar el esquema.

Datos principales
  • Tema: Impuestos.
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  • El Gobierno nacional ha presentado un nuevo proyecto de reforma a la Ley de Inocencia Fiscal (27.799) ante el Congreso, con el objetivo de modificar el esquema.
Reforma de la Ley de Inocencia Fiscal: Nuevas Propuestas del Gobierno Nacional

El Gobierno nacional ha presentado un nuevo proyecto de reforma a la Ley de Inocencia Fiscal (27.799) ante el Congreso, con el objetivo de modificar el esquema vigente y ampliar el alcance del régimen. Esta iniciativa busca ajustar el funcionamiento de la ley, incorporando cambios significativos en la declaración del impuesto a las Ganancias y en la adhesión de contribuyentes.

Objetivos de la Reforma

Según el oficialismo, las modificaciones propuestas tienen como finalidad mejorar la previsibilidad y la seguridad jurídica para los contribuyentes. Además, se pretende fomentar la adhesión al régimen, simplificando trámites y reduciendo los controles posteriores sobre las declaraciones. Sin embargo, esta flexibilización ha suscitado críticas, ya que algunos expertos advierten que podría limitar herramientas clave de fiscalización, como la comparación entre ingresos y la evolución del patrimonio, que son esenciales para detectar posibles inconsistencias.

Puntos Clave de la Propuesta

Entre las modificaciones más relevantes se encuentra la eliminación de los límites actuales para acceder al régimen simplificado, lo que ampliaría la cantidad de contribuyentes que pueden beneficiarse. Actualmente, solo pueden adherirse aquellos que perciben ingresos de hasta 1.000 millones de dólares anuales o que poseen un patrimonio de 10.000 millones. La reforma propone mantener el criterio de discrepancias del 15 por ciento, pero introduce un piso mínimo de diferencia superior a 5 millones para la aplicación de sanciones.

Además, se establece que si la Administración Federal de Ingresos Públicos (ARCA) notifica al contribuyente sobre discrepancias, este podrá rectificar su declaración dentro de los 15 días hábiles posteriores, sin recibir sanciones ni perder los beneficios del régimen. Otro aspecto importante es la condonación de las multas que el contribuyente tenga abiertas al momento de adherirse al régimen simplificado, aunque deberá renunciar a reclamar la devolución de lo ya abonado para poder efectivizar este beneficio.

Condiciones para los Adherentes

Para los contribuyentes que se adhieran al régimen, todas sus operaciones deberán ser bancarizadas. Esto implica que no podrán realizar transacciones en efectivo, sino que deberán utilizar transferencias, tarjetas y billeteras virtuales reguladas. Sin embargo, se mantendrá hasta fines de 2027 una excepción que permite el pago en efectivo de escrituras de inmuebles.

Limitaciones en la Fiscalización

Por último, es importante destacar que ARCA solo podrá utilizar la información que el contribuyente declare y aquella que ya posee en sus sistemas o que ha recibido de terceros. Cualquier otra fuente de información no tendrá valor probatorio en los procesos de fiscalización y control, lo que establece un nuevo marco en la relación entre el Estado y el contribuyente, donde este último es considerado inocente hasta que se demuestre lo contrario.