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Actualizado 31/05 12:39
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Exclusiones en el Bono de Jubilados de Anses para Junio de 2026

En junio de 2026, la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) llevará a cabo los primeros pagos del mes, pero no todos los jubilados recibirán el.

Datos principales
  • Tema: Impuestos.
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  • En junio de 2026, la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) llevará a cabo los primeros pagos del mes, pero no todos los jubilados recibirán el.
Exclusiones en el Bono de Jubilados de Anses para Junio de 2026

En junio de 2026, la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) llevará a cabo los primeros pagos del mes, pero no todos los jubilados recibirán el bono extraordinario de $70.000. A pesar de que muchos beneficiarios verán un incremento del 2,58% en sus haberes, aquellos cuyos ingresos superen el umbral establecido por Anses quedarán excluidos de este beneficio adicional.

Aumento en los Haberes de Jubilados

El aumento del 2,58% impactará en las jubilaciones, pensiones y asignaciones que se gestionan a través de Anses. Con esta nueva actualización, la jubilación mínima pasará a ser de $403.317, mientras que la jubilación máxima alcanzará los $2.715.002. Para los jubilados que perciben el haber mínimo, el bono de $70.000 se mantendrá, lo que significa que su ingreso total ascenderá a $473.317.

Requisitos para el Bono

Es importante destacar que el bono de $70.000 no será otorgado a todos los jubilados. Aquellos cuyos ingresos superen el tope fijado por Anses, que es de $473.317, no recibirán este beneficio. Esta medida busca asegurar que el bono llegue a quienes más lo necesitan, en un contexto económico donde la inflación y el costo de vida continúan afectando a la población.

Fechas de Cobro para Jubilados

Los jubilados que perciben la jubilación mínima podrán cobrar sus haberes en las siguientes fechas, según el último número de su DNI:

  • DNI terminados en 0: 8 de junio
  • DNI terminados en 1: 9 de junio
  • DNI terminados en 2: 10 de junio
  • DNI terminados en 3: 11 de junio
  • DNI terminados en 4: 12 de junio
  • DNI terminados en 5: 16 de junio
  • DNI terminados en 6: 17 de junio
  • DNI terminados en 7: 18 de junio
  • DNI terminados en 8: 19 de junio
  • DNI terminados en 9: 22 de junio

Por otro lado, los jubilados que perciben la jubilación máxima podrán cobrar en las siguientes fechas:

  • DNI terminados en 0 y 1: 23 de junio
  • DNI terminados en 2 y 3: 24 de junio
  • DNI terminados en 4 y 5: 25 de junio
  • DNI terminados en 6 y 7: 26 de junio
  • DNI terminados en 8 y 9: 29 de junio
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