El 9 de mayo de 2026, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) emitió un recordatorio sobre las obligaciones que deben cumplir los viajeros que ingresan o salen del país con equipaje, dinero o mercaderías. Este comunicado es fundamental para evitar inconvenientes en los controles aduaneros y asegurar el cumplimiento de la normativa vigente.
Productos a Declarar y Límites de Franquicias
ARCA ha detallado que es obligatorio realizar una declaración cuando los viajeros transportan bienes que superan las franquicias establecidas. Además, se deben declarar mercaderías que estén sujetas a controles del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA) y cualquier cantidad de dinero en efectivo que sea igual o superior a 10,000 dólares.
En cuanto a las franquicias, los viajeros que regresan al país por vía aérea o marítima pueden ingresar productos por un valor de hasta 500 dólares sin necesidad de abonar tributos adicionales. Por otro lado, aquellos que regresan por vía terrestre tienen una franquicia de hasta 300 dólares. Es importante destacar que las compras realizadas en free shops cuentan con un margen adicional, lo que permite a los viajeros aprovechar mejor sus compras en el exterior.
Acumulación de Franquicias y Recomendaciones
ARCA también ha informado que las franquicias pueden acumularse entre los integrantes de un mismo grupo familiar, lo que puede resultar beneficioso para aquellos que viajan en familia. Esta acumulación permite maximizar el valor de los productos que se pueden ingresar sin pagar impuestos, facilitando así la experiencia de compra en el exterior.
Para optimizar el proceso aduanero y evitar demoras en aeropuertos y pasos fronterizos, ARCA recomienda a los viajeros que completen los trámites de manera digital antes de su viaje. Esta medida no solo agiliza los controles, sino que también contribuye a una experiencia más fluida y eficiente al momento de ingresar al país.