La Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia ha tomado una decisión significativa al ratificar la medida cautelar que obliga a la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) a reincorporar a un exgerente despedido durante los primeros meses de la gestión de Javier Milei. Este fallo, emitido el 27 de abril de 2026, se basa en la protección de los derechos laborales y la tutela judicial efectiva.
Detalles del Caso
El caso se origina en marzo de 2026, cuando el juez federal Ricardo Mianovich dictó una medida cautelar innovativa que ordenaba la restitución del trabajador, quien ocupaba el cargo de responsable de la Unidad de Atención Integral (UDAI) de Villa Ángela. Este empleado fue despedido mediante carta documento, sin un sumario previo ni el pago de indemnización, lo que generó la necesidad de una revisión judicial.
El magistrado consideró que existían indicios suficientes de verosimilitud del derecho, argumentando que una resolución tardía podría hacer ilusorios los derechos del trabajador, los cuales están protegidos por la Constitución. ANSES, al apelar esta decisión, buscaba que la reincorporación quedara en suspenso durante la tramitación del recurso, lo que fue desestimado por la Cámara.
Fundamentos del Fallo
La Cámara, compuesta por los jueces Rocío Alcalá, Enrique Bosch y Patricia García, fundamentó su decisión en el artículo 198 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, que establece que el recurso de apelación contra una medida cautelar se concede en efecto devolutivo. Esto significa que la medida cautelar sigue vigente mientras se tramita la apelación.
ANSES había invocado el artículo 13, inciso 3, de la Ley N° 26.854 de Medidas Cautelares, que prevé el efecto suspensivo en recursos contra cautelares que disponen la suspensión de actos estatales. Sin embargo, la Cámara interpretó que este efecto suspensivo no se aplica a actos administrativos individuales, como es el caso de la carta documento de desvinculación laboral.
Implicancias del Fallo
El tribunal subrayó que cualquier mecanismo que busque neutralizar la protección cautelar concedida es incompatible con la garantía constitucional de tutela judicial efectiva. Las medidas cautelares son esenciales para asegurar la eficacia de un eventual pronunciamiento favorable, y permitir que la mera interposición de un recurso prive de eficacia a la cautelar desnaturalizaría su función.
Este fallo no solo reafirma la vigencia de la medida cautelar, sino que también establece un precedente importante en la interpretación de las normas relacionadas con la protección de los derechos laborales en el contexto de la administración pública. La reincorporación del exgerente de ANSES se mantendrá hasta que se dicte sentencia definitiva en el amparo de fondo, lo que resalta la importancia de la tutela judicial en casos de despidos arbitrarios.