🚨 URGENTE Blue $1.420,00 MEP $1.441,40 Oficial $1.420,00 Riesgo 549 pb (cierre 23/04)
Actualizado 25/04 13:48
ContadoresArgentinos
Laboral

Actualización de Sueldos para Empleados de Comercio - Mayo 2026

25/04/2026 11:41 2 min
Actualización de Sueldos para Empleados de Comercio - Mayo 2026

El 24 de abril de 2026, se oficializó el nuevo acuerdo paritario entre la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECyS) y las cámaras empresariales, que incluye la Cámara Argentina de Comercio (CAC), la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) y la Unión de Empleados de Comercio y Servicios (UDECA). Este acuerdo establece las nuevas escalas salariales que regirán para el trimestre de abril, mayo y junio de 2026, bajo el convenio colectivo 130/75.

Aumento Salarial Escalonado

Los sueldos que se percibirán en mayo corresponden al trabajo realizado en abril y reflejan el primer tramo de un aumento escalonado del 5% total. Este incremento se distribuye de la siguiente manera: un 2% en abril, un 1,5% en mayo y un 1,5% en junio. Además, se ha establecido un bono extraordinario de pago único de $120.000, aplicable a todos los trabajadores del sector, sin distinción de categoría profesional.

Escalas Salariales por Categoría - Mayo 2026

A continuación, se detallan los sueldos correspondientes a cada categoría de empleados de comercio:

  • Maestranza:
    • Categoría A: $1.196.262
    • Categoría B: $1.198.016
    • Categoría C: $1.203.498
  • Administrativos:
    • Categoría A (Inicial): $1.210.613
    • Categoría B (Inicial): $1.215.298
    • Categoría C (Inicial): $1.219.977
    • Categoría D: $1.233.141
    • Categoría E: $1.244.110
    • Categoría F: $1.261.221
  • Cajeros:
    • Categoría A: $1.214.566
    • Categoría B: $1.220.270
    • Categoría C: $1.227.579
  • Personal Auxiliar:
    • Categoría A: $1.214.566
    • Categoría B: $1.222.316
    • Categoría C: $1.246.304
  • Vendedores:
    • Categoría A: $1.214.566
    • Categoría B: $1.237.530
    • Categoría C: $1.246.304
    • Categoría D: $1.262.890

Adicionales y Presentismo

Es fundamental tener en cuenta que sobre las cifras mencionadas se deben aplicar los adicionales correspondientes a la antigüedad y el presentismo. Según lo establecido en el artículo 40 del CCT 130/75, tanto las cifras remunerativas como las no remunerativas deben incrementarse con la asignación complementaria correspondiente.

Para más información sobre el cronograma de pagos y otros detalles relevantes, se recomienda consultar las fuentes oficiales y estar atento a las actualizaciones que puedan surgir en el sector.

Más leídas