Controles de ARCA sobre Transferencias Bancarias: Umbrales y Requisitos de Justificación
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) desempeña un papel crucial en la supervisión de las operaciones realizadas en el sistema financiero formal en Argentina. Con el objetivo de prevenir el lavado de dinero y asegurar la transparencia fiscal, ARCA ha establecido límites específicos que, al ser superados, pueden activar controles por parte de las entidades bancarias y billeteras virtuales.
Umbrales de Control Vigentes
Desde abril de 2026, los límites establecidos por ARCA son los siguientes:
- Transferencias y Acreditaciones: $50.000.000 para personas físicas y $30.000.000 para personas jurídicas. Este límite se aplica a la suma total de movimientos dentro de un mismo mes calendario, no a operaciones individuales.
- Extracciones en Efectivo: $10.000.000 mensuales para ambos tipos de contribuyentes.
- Saldos Bancarios: Se reportan saldos que superen los $50.000.000 para personas físicas y $30.000.000 para jurídicas al último día del mes.
- Plazos Fijos: Deben informarse cuando superan los $100.000.000 para personas físicas y $30.000.000 para empresas.
- Tenencias en Sociedades de Bolsa: Límite de $100.000.000 para individuos y $30.000.000 para personas jurídicas.
- Pagos Realizados: Umbral de $50.000.000 para personas físicas y $30.000.000 para jurídicas.
- Compras como Consumidor Final: Tope de $10.000.000 mensuales.
Es fundamental destacar que superar estos montos no constituye una infracción automática, pero sí permite a las entidades reportar la operación y, si lo consideran necesario, solicitar documentación que respalde el origen de los fondos.
Documentación Requerida
En caso de que se supere alguno de los límites mencionados, los contribuyentes deben estar preparados para presentar diversos documentos que justifiquen el origen de sus fondos. Algunos de los documentos que pueden ser solicitados incluyen:
- Comprobantes de ingresos, como recibos de sueldo o facturas emitidas.
- Declaraciones juradas, incluyendo DDJJ de Ganancias, Bienes Personales o IVA.
- Constancias de operaciones, como contratos de compraventa o escrituras.
- Comprobantes de transferencias, que incluyan el CBU de origen y conceptos de pago.
- Documentación de préstamos, con contratos que cuenten con firmas certificadas.
La falta de respaldo adecuado del origen del dinero puede acarrear consecuencias severas, tales como sanciones económicas, bloqueo temporal de cuentas bancarias o billeteras virtuales, y el inicio de un proceso de determinación de oficio para ajustar impuestos.
Operaciones en Moneda Extranjera y Activos Digitales
Para aquellos usuarios que realicen operaciones en dólares o con criptoactivos, la normativa establece que los importes en moneda extranjera se convierten a pesos y se suman a los movimientos realizados en moneda local para determinar si se ha superado el tope. La conversión se realiza utilizando la cotización tipo comprador del Banco de la Nación Argentina correspondiente al cierre del último día hábil del mes informado. Este mismo criterio se aplica a los activos digitales, tomando su último valor de cotización disponible al finalizar el período.
Es recomendable que los usuarios mantengan la documentación que justifique el origen de sus fondos, incluso en transferencias entre cuentas propias. Ante movimientos de gran magnitud, las entidades bancarias pueden requerir documentación adicional. La falta de presentación de esta documentación puede resultar en un reporte de operación sospechosa ante la Unidad de Información Financiera (UIF).